bebidas alcohólicas

Gobierno del Estado restringe la venta de bebidas alcohólicas en horarios extraordinarios por 14 días

• SEFIPLAN anuncia medida preventiva ante la situación sanitaria por el COVID-19
• Aplicará para los 11 Municipios del Estado de Quintana Roo
Chetumal.- Con la finalidad de mantener el orden público y con motivo de la situación sanitaria derivada del Coronavirus COVID-19, el Poder Ejecutivo a través de la Secretaría de Finanzas y Planeación (SEFIPLAN) suspende temporalmente la venta de bebidas alcohólicas en todos los municipios del estado en horarios extraordinarios señalados en el Artículo 25 bis de la Ley Sobre Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas en el Estado de Quintana Roo.
Al respecto Yohanet Torres Muñoz, titular de la SEFIPLAN dijo que: “Está decisión se determinó con la finalidad primordial de salvaguardar la salud de la población, como parte de los esfuerzos del gobernador Carlos Joaquín, para detener el contagio del COVID-19 y dando cumplimiento a las medidas de higiene y distanciamiento social emitidas por la Secretaría de Salud Estatal”.
Dichas actividades quedarán suspendidas durante 14 días a partir de las 23 horas del día 27 de marzo hasta las 23 horas del 10 de abril de los presentes, en los 11 municipios del Estado; Bacalar, Benito Juárez, Cozumel, Felpe Carrillo Puerto, Isla Mujeres, José María Morelos, Lázaro Cárdenas, Othón P. Blanco, Puerto Morelos, Solidaridad y Tulum.

Los horarios extraordinarios señalados en el Artículo 25 bis son:
A) Establecimientos que expenden bebidas alcohólicas para su consumo en otro lugar:
Minisúper, tienda de autoservicio mayor y tienda de conveniencia, Horario Extraordinario de lunes a sábado de las 22:00 horas a las 00:00 horas del día siguiente.
B) Establecimientos que expenden u ofrecen bebidas alcohólicas para su consumo en el mismo lugar:
1). Restaurante: En Horario Extraordinario, de lunes a domingo de las 23:00 horas a las 01:00 horas del día siguiente.
2). Restaurante-Bar: En Horario Extraordinario, de lunes a sábado de las 23:00 horas a las 03:00 horas del día siguiente, y el domingo de las 17:00 horas a las 23:00 horas.
“Es de suma importancia cuidar unos de otros siguiendo las recomendaciones médicas, quedarse en casa, aislarse y recordar que con el apoyo y colaboración de todos los quintanarroenses, Juntos Saldremos Adelante”, aseveró Torres Muñoz.

 

Aprueba Congreso reformas a ley en la materia para diversificar turismo

+ Se incorpora en Ley de Turismo el concepto de patrimonio turístico.

+ Proponen sancionar con cárcel la venta clandestina de bebidas alcohólicas.

Chetumal, Quintana Roo. – Para contribuir con el desarrollo social y económico del estado, el Congreso de Quintana Roo aprobó reformas a la Ley de Turismo de la entidad, con las que se busca incorporar el concepto de patrimonio turístico, así como los lineamientos para su debida programación, fomento y desarrollo.

En la sesión ordinaria número 8, presidida por la diputada Eugenia Solís Salazar, el Pleno de la XV Legislatura del estado, aprobó el dictamen con minuta de decreto por el que se reforma la fracción II del Artículo 3, la fracción III del Artículo 6 y se adiciona la fracción XXIII del Artículo 4, todos de la Ley de Turismo del Estado de Quintana Roo.

La reforma, que fue promovida por la diputada Gabriela Angulo Sauri, presidenta de la Comisión de Turismo y Asuntos Internacionales, establece dentro de las atribuciones del Ejecutivo del estado, por conducto de la Secretaría de Turismo, la programación, fomento y desarrollo del patrimonio cultural del estado, así como sus manifestaciones culturales, artísticas e históricas.

A través de las reformas se busca diversificar el turismo por medio de la promoción, la inversión, reacondicionamiento e infraestructura, a los recursos naturales y culturales con que cuentan las zonas sur y centro, para lograr una sinergia entre las zonas del estado y dinamizar la economía.

En la misma sesión, se dio lectura a una iniciativa presentada por el diputado Eduardo Martínez Arcila, presidente de la Gran Comisión del Congreso del Estado, para tipificar el delito de venta y/o distribución ilícita de bebidas alcohólicas.

Se trata de la iniciativa de decreto por el que se adiciona el Capítulo VIII denominado “Venta y/o distribución ilícita de bebidas alcohólicas” y el artículo 220 sexies, al Título Tercero “Delitos contra la Administración Pública” de la Sección Cuarta “Delitos contra el Estado” del Libro Segundo “Parte Especial” del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo.

En entrevista posterior a la sesión ordinaria, Martínez Arcila explicó que la iniciativa busca combatir la venta clandestina de bebidas alcohólicas que se pudiera generar a raíz de las recientes reformas a la Ley sobre Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas en el Estado, para normar los horarios de venta y distribución de dichas bebidas.

Las modificaciones al Código Penal tienen como propósito establecer sanciones ejemplares contra aquellos que vendan alcohol sin tener el debido permiso por parte del Estado.

La sanción que se propone es: prisión de seis meses a un año y de 150 a 200 días multa. La propuesta contempla que la pena se duplique cuando se vendan o distribuyan bebidas alcohólicas a menores de 18 años, aún cuando se efectúe en los establecimientos y horarios autorizados.

Finalmente, el Congreso aprobó acuerdos remitidos por diversas comisiones ordinarias de la H. XV Legislatura del Estado.