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Señor juez, soy un preso político

Señor juez, soy un preso político: Borge

Morelos.- En una treta más de su defensa jurídica, el ex gobernador de Quintana Roo, Roberto Borge Ángulo, se declaró perseguido político del régimen federal encabezado por el priísta Enrique Peña Nieto y logró la ampliación del plazo constitucional para presentar pruebas por dos meses más.

En su publicación de este día el medionacional El Reforma, consigna que el séptimo gobernador constitucional de Quintana Roo, señaló en particular al ex Procurador Raúl Cervantes, de haber emprendido una persecución política en su contra.

Durante una audiencia en el Centro de Justicia Penal Federal de Ciudad Nezahualcóyotl, el ex Gobernador de Quintana Roo se declaró preso político y solicitó al Fiscal General de la República Alejandro Gertz Manero revisar su caso.

Borge compareció, vía videoconferencia, desde una rejilla de prácticas del Centro Federal de Rehabilitación Psicosocial (Ceferepsi) de Morelos.

Borge Angulo intenta con esta treta legaloide, apegarse al «perdón» y borrón, que ofreció el presidente Andrés Manuel López Obrador, en esa estrategia de no permitir la violencia política en el país, que según dijo ha desgastado a los mexicanos.

Borge Angulo, acusado de lavado de dinero proveniente del narcotráfico o del crimen organizado y de desempeñófunción pública, lucía pálido, más delgado y nervioso. A cada momento golpeaba con los puños cerrados o con los dedos abiertos la plancha de concreto sobre la que estaba apoyado

“Por primera vez haré uso de la palabra. Primero que nada, recordándole a la audiencia que el 1 de diciembre del año pasado hubo un cambio de Gobierno. En cuanto a mi situación durante el tiempo en que se investigó por parte de la anterior Administración de la PGR, hoy quiero manifestar que me declaro inocente, preso político de la Administración anterior y hago responsable a la PGR, cuando fue dirigida por Raúl Cervantes, porque hubo motivos políticos”, dijo Borge.

“No habían podido acreditarme siquiera el motivo del lavado de dinero. Le quiero hacer patente que por lo demás, me declaro inocente, hago un exhorto al señor Fiscal Alejandro Gertz Manero para que pueda (revisar) la causa penal”.

Borge fue interrumpido por su abogada Sharon Hernández Colín, quien trató de reconvenirlo para que se concentrara en el tema estrictamente legal por el que había sido convocada la audiencia; es decir, para ampliar el plazo de la investigación complementaria.

“Preferiría que no abundara en estos temas”, le dijo su defensora.

En ese momento, intervino el Juez de control Artemio Zúñiga Mendoza, para explicarle del alcance que podían tener sus manifestaciones.

“Al margen de todo esto, es su derecho y usted puede hacer uso de la palabra”, le señaló el juzgador.

“Nada más solicitar esa revisión a las nuevas autoridades de la nueva Fiscalía y me declaro inocente”, cerró su intervención Borge Angulo, en una audiencia que inició a las 14:15 horas y tuvo una duración de 41 minutos.

En la misma audiencia, el Juez de control Artemio Zúñiga Mendoza concedió a Roberto Borge dos meses más de plazo para presentar pruebas de descargo contra la imputación de un presunto lavado que derivaría de un quebranto de 900 millones 99 mil 418 pesos al patrimonio de Quintana Roo.

En enero de 2018, tras ser extraditado de Panamá, se informó que Borge padecía de síncope vasovagal, problemas renales y depresión. Ayer, sus defensores dijeron al juez que sufre mayores síntomas que han agravado su salud.

Los abogados del ex Mandatario argumentaron que, por situaciones ajenas a la defensa, había sido imposible reunir todas las evidencias contra la imputación y por ello se vieron en la necesidad de solicitar una prórroga de la investigación complementaria.

Dado que los fiscales federales no se opusieron a la petición del imputado, el juzgador acordó que la fecha de cierre de la investigación bajo control judicial será el próximo 8 de abril.

Al mismo tiempo, el juzgador rechazó enviar al Centro de Justicia Penal Federal de Cancún el proceso contra Borge, al estimar que ya era un tema juzgado.

Dijo que cuando se asumió la competencia del caso en Nezahualcóyotl, se argumentaron motivos de seguridad y ante estos no proceden las incompetencias.

Esta última decisión fue tomada a raíz de que un tribunal ordenó que se tramitara en Cancún el proceso por lavado contra un coacusado de Borge, César Celso González Hermosillo y Melgarejo

JUEZ VENDE SU REPUTACIÓN PARA AYUDAR A UNA ASESINA


Cancún.- Como un acto de injustica fue calificado el auto de formal libertad otorgado a la asesina de Edgar Alejandro Gastélum Machado, cuyo homicidio pretenden que quede impune, presumiendo que le llegaron al precio a la juez, en un acto de total corrupción e incongruencia con la aplicación de la justicia.
Pese a las pruebas ofrecidas por la policía ministerial de la Fiscalía General, e incluso en donde se observa en un video la alevosía, ventaja y saña para cometer el asesinato, la Juez de Control Landy Rosalía Pamplona Pérez, decidió, tal vez por razones de género, ponerse del lado de la asesina Nadia Jessica Maciel Ramírez y no castigar su conducta, al otorgar el beneficio de la formal libertad.
Fue el pasado 22 de noviembre cuando la asesina Nadia Jessica Maciel Ramírez, puso en marcha a gran velocidad su vehículo golpeando a su cónyuge Edgar Alejandro Gastélum Machado, mismo que quedó en el cofre y aun así acelerando al máximo y maniobrando bruscamente hacia la izquierda logró que el cuerpo inconsciente de la víctima cayera al pavimento ocasionándole múltiples fracturas en cráneo, que lo llevaron a la muerte el 24 de Noviembre de 2018.
El caso fue bien sustentado y armado con todas las pruebas y peritajes en la carpeta administrativa 582/2018 JUZGADO DE CONTROL Y TRIBUNAL DE JUICIO ORAL PENAL DE CANCUN y pese a ello, pareciera que todas las pruebas le valieron a la Juez Control Landy Rosalía Pamplona Pérez, quien decidió ponerse al lado de la defensa de Nadia Jessica Maciel Ramírez y aún con todas las agravantes no castigó este asesinato, sino que la premió con la libertad.
Trascendió que según testigos, cuyas versiones no fueron objetadas por la defensa de esta asesina, Nadia Jessica Maciel Ramírez, había amenazado con matarlo por sus incontenibles celos, ya que su pareja (la víctima) hacía viajes de negocio tanto a diferentes partes del país como ciudades en el extranjero.
Las agravantes de este caso que no quiso ver la juez:
Edgar Alejandro precisamente estaba regresando de un viaje hecho a la Ciudad de las Vegas, y al entrar a casa, se encontró a su esposa Nadia Jessica Maciel Ramírez, histérica, furiosa, la cual en un arranque de celos cumplió la amenaza y acabó con la vida de su pareja y padre de dos menores hijos.
Ese fatídico 22 de noviembre, Nadia Jessica Maciel Ramírez, después de ver a Edgar agonizando, en lugar de auxiliarlo, se regresa y lo despoja de sus pertenencias, tanto de su iPhone, cartera con sus tarjetas de débito y crédito, así como la cantidad de dinero que portaba.
Al ver que los vecinos – testigos de cargo presentados por la Fiscalía General- no la dejaban salir del fraccionamiento donde vivía con Edgar Alejandro, (mismo lugar donde ocurrieron los hechos), esperó la ambulancia y se subió rumbo a la clínica del IMSS No. 17 de la ciudad de Cancún.
Estando en la clínica, según el testimonio de la doctora en turno que recibe a Edgar Alejandro, pregunta a la esposa Nadia Jessica Maciel Ramírez, lo ocurrido y ella contesta que se cayó de las escaleras, versión que contrastaba con los paramédicos que lo recogen del pavimento dentro de este fraccionamiento.
La doctora del IMSS no le cree y le informa que dará parte a la policía ministerial, para que le tomen la declaración y entonces Nadia Jessica Maciel Ramírez huye de la clínica, además de dar números telefónicos falsos para que no fuera localizada.
“Esto es un hecho sumamente indignante, no queremos que, por ser hombre, su muerte sea impune y que una autoridad como la Juez Landy Rosalía Pamplona Pérez, omita tantas pruebas exhibidas para beneficiar a una asesina”, precisan amigos del ahora occiso.
“Si hubiera sido al revés, él fuera parte de las estadísticas de cometer Feminicidio, entonces nos encontramos dando a conocer un caso que ni siquiera le han puesto nombre, porque el “Homicidio en razón de género” es muy generalizado y no define que una Mujer también Mata y deja huérfanos a sus propios hijos”, termina la misiva.

Juez ordena trasladar a Succar Kuri

CANCÚN, Q. ROO.- Por no llevar a cabo una orden judicial, Rogelio Miguel Figueroa Velázquez, titular del Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social, está por recibir una multa por la justicia federal, removido de su cargo y presumiblemente procesado como consecuencia jurídica de su desacato.
El Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, desde septiembre pasado dictaminó el regreso del empresario Jean Succar Kuri al penal de Cancún para seguir con su proceso penal, el cual después de 15 años todavía no tiene sentencia.
Para el Tercer Tribunal fue ilegal el traslado de Succar Kuri al penal de máxima seguridad del Altiplano, Estado de México, en 2011, al ser ordenado por una autoridad administrativa de manera “unilateral”, en vez de solicitarlo al Poder Judicial que es el competente para tomar esas decisiones.
Además, indicó que fue violada la garantía a una adecuada defensa legal del procesado, toda vez que sus juicios están radicados en Quintana Roo y se complica administrativamente litigar a la distancia.
Ante el desacato inicial, el pasado 4 de diciembre el Juzgado Tercero de Distrito con sede en Cancún notificó por segunda ocasión al Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social, cumplir con la sentencia de amparo que le ordena el traslado, o de lo contrario se actuará contra los responsables directos del desacato.
“Visto el estado procesal que actualmente guardan los autos, se advierte que el Comisionado del Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social, con residencia en la Ciudad de México, no ha dado cumplimiento a la ejecutoria de amparo; en consecuencia requiérase nuevamente para que dentro del término de tres días contados a partir de la notificación del presente proveído, remita las constancias necesarias o informe las gestiones realizadas a fin de cumplir con la sentencia dictada en autos, con el apercibimiento que de no hacerlo dentro del término concedido, se le impondrá multa de cien unidades de Medida y Actualización, así como se remitirá el expediente al Tribunal de Alzada, para continuar con el trámite de inejecución que puede culminar con la separación del cargo y su consignación”, declara el Juzgado Tercero de Distrito, a cargo de del juez Ricardo Ruiz del Hoyo Chávez.
“Por tanto, se hace saber a la autoridad responsable del cumplimiento de la sentencia, que conforme a la Ley de Amparo, cuando la ejecutoria no queda cumplida tras el primer requerimiento, procede hacer efectiva la multa y remitir los autos al Tribunal Colegiado por inejecución (de sentencia), otorgando una prórroga de plazo por una sola y única ocasión.
“Por ello, se le conmina a cumplir la ejecutoria del presente juicio de manera completa y oportuna, pues la nueva Ley de Amparo no autoriza la elaboración de múltiples requerimientos para el cumplimiento de las sentencias”.
El empresario de origen libanés Jean Succar Kuri enfrenta desde 2004 un proceso por el delito de “pornografía infantil y corrupción de menores”, por los cuales en segunda instancia se le dictó una sentencia de 112 años de prisión, la cual fue impugnada por la defensa y su resolución final está en espera.
En su momento, el principal argumento que dio la Secretaría de Seguridad Pública para el traslado fue que “los centros de reclusión del estado no contaban con las medidas y sistemas de seguridad adecuados para el internamiento o permanencia de personas involucradas con grupos delictivos bien organizados, con elevada capacidad económica”.
Pero el Tercer Tribunal invalidó este argumento dado que “ninguno de los procesos que se sigue en contra de Succar Kuri es por el delito de delincuencia organizada, ni se encuentra justificada que requiera medidas especiales de seguridad”.
El Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social intentó revertir la decisión del Tribunal bajo el argumento de que el regreso de Succar Kuri a Cancún representaba un agravio para sus “víctimas” a quienes no se había tomado en cuenta, a pesar de ser “terceras interesadas” en este asunto, y resaltó el alto grado de vulnerabilidad de éstas ante la “peligrosidad” del detenido.
En respuesta, el Tercer Tribunal esgrimió que mientras el juicio no concluya en última instancia, no se puede hablar de víctimas ni de reparación del daño.
El amparo promovido en contra del traslado de Succar Kuri fue conocido en primera instancia por el Juzgado Cuarto de Distrito en Quintana Roo, quien lo resolvió a favor del acusado el 18 de mayo pasado, concediéndole la protección de la justicia federal y ordenando su reinserción al penal estatal de Cancún, decisión que después fue impugnada para su revisión en segunda instancia.
Y el 20 de septiembre último, el Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito confirmó el sentido de la resolución del Juzgado de primera instancia, misma que ordena el regreso de Succar Kuri al penal de Cancún.

Con información de: Agustín Ambriz. Luces del Siglo